El procedimiento del consentimiento informado (I)

Cada cierto tiempo me encuentro hablando con mis compañeros de profesión a vueltas con el consentimiento informado. No sé si son dudas que surjan a todos o no, pero voy a comentar un par de ellas que sistemáticamente he debatido en mi día a día profesional y sobre las que he consultado a la asesoría jurídica de mi hospital. Y por tanto no puedo menos que agradecer su ayuda a Antonio y a Teresa, nuestros juristas que siempre están a nuestra disposición y nos preparan esos informes tan esclarecedores y concisos. Y de antemano les pido perdón si desde mi posición lega meto la pata con algún término o concepto legal.

 
La discusión frecuente que me encuentro es que mis compañeros asistenciales no tienen nada claro cuándo y quién tiene que obtener el consentimiento informado del paciente. Como tampoco parecen tener claro qué es un consentimiento informado.

 
¿Y cuál es el problema desde mi punto de vista? Pues que de forma un poco intuitiva parecemos entender que un consentimiento informado es “ese papelito que el paciente firma” antes de que le operen o le hagan una exploración invasiva y esas son las circunstancias en que el consentimiento informado es necesario. Pues no.

 
Primero de nada el consentimiento informado no es más que la conceptualización del derecho a la información de cualquier paciente/usuario del sistema y/o servicio de salud. Si queremos hacer referencia a la bioética deberemos hablar del principio de autonomía que ofrece al paciente la oprtunidad de tomar decisiones de acuerdo a su plan personal de vida. Si queremos centrarnos en el bioderecho español debemos hacer referencia a la Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, que es la norma que legisla el derecho a la información de los usuarios del servicio de salud. Así, el consentimiento informado…

 
… es primordialmente verbal, siendo necesario solicitar un consentimiento informado por escrito en los casos de “intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente” y es conveniente solicitar el consentimiento informado por escrito cuando el paciente renuncia a ser informado y cuando no acepta algún tratamiento.

 
… el titular del derecho de información es el paciente.

 
… el médico responsable del paciente es el reponsable de informar al paciente según el procedimiento propio del consentimiento informado pero todos y cada uno de los médicos que atienden al paciente en su proceso asistencial deben informar al paciente de acuerdo a su competiencia y capacidad.

 
Por ejemplo, un médico de familia tiene que informar al paciente de los motivos por los que le deriva a la atención especializada, por ejemplo un ingreso en Medicina Interna. El médico especialista responsable del paciente hospitalizado debe informarle de la pruebas que le van a solicitar y los motivos, cada uno de los médicos que le realizan una prueba diagnóstica o terapéutica le deben informar de la respectiva prueba. Por ejemplo si se le realiza una prueba radiológica, el radiólogo debe informar de los riesgos y y beneficios de la prueba.

 
… el consentimiento informado debe contener la siguiente información: las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad; los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente; los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención; las contraindicaciones.

 
La otra pregunta que me encuentro es si se puede dar el consentimiento de un procedimiento propio de una especialidad médica por un especialista distintos. Por ejemplo, ¿puede un endoscopista puede obtener el consentimiento informado de la sedación?

 
Pero de esto hablaremos en otro post, si me lo permitís. Que hoy me reclaman otros menesteres más cotidianos …